Expediente 23.604: Ley para Resguardar el Derecho a la Vivienda de las
Mujeres que Sufren Violencia de Género.
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Reforma la Ley 7052. Se reforman
los artículos 46 y 51 para agregar, entre el público meta del FOSUVI, a las mujeres que sufran situaciones de violencia de
género y necesiten cambiar su residencia y puedan ser propietarias
de una vivienda acorde con sus necesidades y posibilidades socioeconómicas.
Actualmente ese público meta está constituido por "las familias, las personas
con discapacidad con o sin núcleo familiar, las parejas jóvenes y las
personas adultas mayores sin núcleo familiar, de escasos ingresos".
Establece que en el caso de las mujeres que sufren violencia de
género y requieren cambiar su residencia, esa condición será acreditada por
un dictamen técnico emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU).
Igualmente, cuando el caso se encuentre en la vía judicial, dicha condición
podrá acreditarse mediante un informe emitido por el Departamento de Trabajo
Social y Psicología del Poder Judicial, por la Oficina de Atención y
Protección a la Víctima del Delito (OAPVD) del Ministerio Público o por la
persona juzgadora que tramita el caso.
Estado: asignado para su estudio la
Comisión Especial para la Condición de la Mujer.
Proponentes: Fracción Frente Amplio 2022 - 2026.
Fecha
inicio: 02-mar-2023
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Fecha de Última Modificación en el Portal: 16/07/2026