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Preguntas Frecuentes

 

¿Qué es el BANHVI?

El Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) es la  institución responsable de aprobar y otorgar el Bono Familiar de Vivienda, sin embargo, la ley le impide hacer trámites directamente con el público, por ser un banco de segundo piso.

 

¿Cómo se distribuye el presupuesto para bonos de vivienda?

El BANHVI cada año distribuye el presupuesto que le asigna el Ministerio de Hacienda para el otorgamiento de bonos de vivienda en las diferentes Entidades Autorizadas (mutuales, bancos, cooperativas, INVU; Fundación Costa Rica Canadá, entre otras), con base en el promedio de bonos que cada entidad tramita cada año.

Cuando una Entidad agota el presupuesto asignado por el BANHVI, no puede recibir solicitudes nuevas, pues debe garantizarle a la familia que su solicitud de bono tiene contenido presupuestario antes de iniciar el trámite.

Es importante que usted consulte en varias entidades para que sepa cuál le puede recibir su solicitud de bono. Para conocer el listado completo de nuestras entidades autorizadas y sus números telefónicos, usted puede dirigirse a nuestro sitio Web al siguiente enlace: Entidades Autorizadas.

 

¿Qué es el Bono Familiar de Vivienda?

El Bono es una donación solidaria del Estado en beneficio de las familias que cumplen con las condiciones establecidas por la Ley, para solucionar su necesidad de vivienda.

 

¿Para qué se puede utilizar el Bono Familiar de Vivienda?

El Bono de Vivienda puede utilizarse para la compra de casa ya construida, compra de lote y construcción, construcción en lote propio, construcción de vivienda en el terreno de un familiar o en la reparación, ampliación o mejora de la casa propia.  El Bono no puede usarse para cancelar deudas o hipotecas de una vivienda.

¿Puedo solicitar un bono de vivienda para pagar el préstamo de la casa?

No. No la ley del BANHVI prohíbe utilizar del bono de vivienda para el pago de deudas de todo tipo.

 

¿Cuáles requisitos debo cumplir para obtener un Bono Familiar de Vivienda?

  1.   Formar parte de una familia, es decir dos o más personas que viven bajo el mismo techo y en donde al menos una persona es mayor de edad.
  2.   No tener casa propia o más de una propiedad. En el caso de tener lote propio el bono puede utilizarse para construir la casa y si tiene casa el bono puede usarse en reparaciones o mejoras.
  3.   No haber recibido con anterioridad otro bono, ya que éste se otorga sólo una vez.
  4.   Tener un ingreso familiar menor a ¢1 907 496. Para aplicar a un bono para familias en extrema necesidad se debe tener un ingreso familiar menor a ¢476 874.
  5.   Ser costarricense o tener una situación de residencia legalizada.
  6.   Realizar los trámites en alguna de las entidades autorizadas por el BANHVI.

 

¿Cómo se calcula el Bono Familiar de Vivienda?

El Bono es calculado de acuerdo con el ingreso de la familia.  Entre mayor ingreso, menor es el bono y entre menos ingreso, mayor el monto del bono. 

 

¿Cuál es el monto máximo del Bono Familiar de Vivienda?

Actualmente el monto máximo del bono de vivienda ordinario es de ₵9.300.000 monto que incluye el IVA. Ver montos según ingreso.

 

¿Dónde se solicita el Bono Familiar de Vivienda?

Los trámites para solicitar el bono de vivienda deben realizarse directamente en las entidades autorizadas por el BANHVI.

 

¿Debo pagar algo por el trámite del Bono Familiar de Vivienda?

Durante el trámite del Bono usted debe pagar por los avalúos, planos y gastos legales y administrativo. Este dinero debe depositarlo directamente en la entidad autorizada donde realiza el trámite, mediante una cuenta de ahorros a su nombre. Es importante no brindar dinero a particulares.

 

¿Puedo solicitar un segundo bono de vivienda para reparar la casa?

No. El bono es otorgado solo una vez por familia. Por esto, es importante dar un buen mantenimiento a la vivienda y evitar su deterioro. Lo invitamos a ver nuestro Manual de Mantenimiento para la vivienda de interés social.

Sin embargo, la Ley establece las siguientes excepciones:

·       Cuando por algún desastre natural o producida por siniestro, caso fortuito o fuerza mayor se haya perdido la vivienda construida con los recursos del bono. Es condición que la familia continúe reuniendo los requisitos para calificar al bono y los seguros sobre el inmueble no cubran los daños ocasionados por la catástrofe.

·       Si por un accidente o enfermedad, algún miembro de la familia sufre una discapacidad que no tenía cuando se adquirió la vivienda, se autoriza un segundo bono de vivienda para hacerle a la casa las adecuaciones que requiere la persona que sufre la discapacidad.

·       Si la casa fue construida a través de Funbambú y fue declarada inhabitable.

 

¿Cómo sé que una Empresa Constructora me puede tramitar mi bono de vivienda?

El BANHVI no autoriza a ninguna empresa constructora a tramitar bonos de vivienda. El BANHVI solamente autoriza a las ENTIDADES AUTORIZADAS que son mutuales, cooperativas, otros bancos a presentar ante este Banco las solicitudes de bono de vivienda de las familias.

Sin embargo, existen empresas que ofrecen asesoría en la confección del expediente y la construcción de la casa cuando el bono es aprobado. Este es un servicio que las familias contratan en forma privada y directa y el BANHVI respeta esta contratación.

Es importante que las familias antes de contratar a alguna empresa consulten con cual ENTIDAD AUTORIZADA por el BANHVI trabaja y verifique llamando a esa Entidad para saber si, efectivamente, esa empresa trabaja con la ENTIDAD. Esto es una forma de protegerse y asegurarse que su trámite de bono llegará a una Entidad y luego al BANHVI.

Para conocer el listado completo de nuestras entidades autorizadas y sus números telefónicos, usted puede dirigirse a nuestro sitio Web al siguiente enlace: Entidades Autorizadas

Reiteramos que no existe la posibilidad de que una empresa presente una solicitud de bono ante el BANHVI en forma directa pues la Ley no lo permite.

SIEMPRE Y EN TODOS LOS CASOS, cualquier empresa debe contar con una Entidad Autorizada, para que lleguen hasta el BANHVI las solicitudes de bono de sus clientes.

 

¿Cómo sé si un proyecto de vivienda es real y no un engaño?

Lo primero es consultar con los responsables del proyecto con cuál ENTIDAD AUTORIZADA por el BANHVI trabaja. Si le indican que es directo con el BANHVI, debe sospechar, pues no es posible que una empresa constructora presente la solicitud de financiamiento para el desarrollo de un proyecto directamente. Siempre y en todos los casos, esa empresa debe contar con una ENTIDAD para que el proyecto llegue al BANHVI y se pueda aprobar.

Si le indican la ENTIDAD AUTORIZADA, llame y verifique. Para conocer el listado completo de nuestras entidades autorizadas y sus números telefónicos, usted puede dirigirse a nuestro sitio Web al siguiente enlace: Entidades Autorizadas

Otro punto importante es que consulten en las municipalidades, pues cualquier proyecto debe contar en primer lugar con el permiso municipal y ellos siempre saben de primero si existe o no en trámite algún permiso para estos desarrollos.

 

¿Cómo ingreso a un proyecto de vivienda?

Si usted quiere participar en un proyecto, debe investigar en su comunidad, en la municipalidad o en comités de vivienda que existan, si hay alguna iniciativa al respecto para que se incluya desde su inicio, pues el BANHVI no interviene en este proceso, sino que el proyecto se gesta en la comunidad con la participación de una empresa constructora que trabaja en la maduración del proyecto (permisos, autorizaciones y expedientes). De ahí se presenta a una ENTIDAD AUTORIZADA por el BANHVI (mutuales, bancos y cooperativas) y una vez que esa Entidad lo estudia y verifica que se cumple con todos los requisitos técnicos, legales y financieros, lo remite al BANHVI con la lista de las potenciales familias que ocuparán las viviendas.

Las entidades autorizadas por el BANHVI son aquellas instituciones (mutuales, cooperativas, otros bancos) que hacen el trámite del bono de vivienda a las familias.  Para conocer el listado completo de nuestras entidades autorizadas y sus números telefónicos, usted puede dirigirse a nuestro sitio Web al siguiente enlace: Entidades Autorizadas

Se aclara que el BANHVI no cuenta con viviendas o terrenos que pueda poner a disposición del público y los proyectos que se financian, se desarrollan para atender a familias en extrema necesidad de comunidades específicas y cuya calificación se realiza mucho tiempo antes de la construcción del proyecto. Por esto, es necesario que las familias indaguen sobre la posible solución ya sea lote para construir o casa para comprar.

 

¿Cómo va mi trámite de bono?

Para conocer cómo va su trámite de bono, debe llamar directamente al 25 27 74 91. Allí debe brindar su número de cédula para buscar el caso y orientarle adecuadamente.

 

También puede consultar su caso directamente en nuestro Sitio Web mediante el siguiente enlace:

CONSULTE SU TRÁMITE

 

Allí ingresa su número de cédula y le da buscar y le aparecerá la información de su caso.

 

¿Qué tamaño debe tener un terreno para que sea comprado con el bono de vivienda?

Si el terreno se va a comprar con dineros del bono de vivienda lo máximo que debe medir es 300 metros cuadrados o bien el mínimo que indique el plan regulador del cantón en caso de que exista.

Es importante que le solicite al dueño que vende el terreno, el plano catastrado con visado municipal para efectos de permiso de construcción, ya que con esto se asegura que el terreno tiene acceso a servicios y es apto para construir. El BANHVI no autoriza el bono de vivienda si no hay permisos de construcción por parte de la municipalidad que corresponde.

 

¿Cuál es el tope de interés social actualmente?

Actualmente el tope de interés social es de ¢76.500.000 (Setenta y seis millones quinientos mil colones), según acuerdo 4 de la Sesión 42-2024 de la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda y con fundamento en los artículos 150 de la Ley del SFNV y 123 del Reglamento de Operaciones.

 

¿Cómo obtengo la declaratoria de interés social y para qué sirve?

La declaratoria de interés social se solicita en la entidad autorizada donde usted realiza el trámite del bono de vivienda y aplica únicamente a las viviendas financiadas con recursos del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. 

 

¿Qué exoneraciones fiscales obtengo con la declaratoria de interés social?

De acuerdo con la Ley 7052 y sus reformas, una vivienda declarada de interés social puede gozar de las siguientes exenciones fiscales:

·       Exención del 50% en el pago de honorarios profesionales aplicables a abogados, ingenieros, arquitectos, peritos y contadores. (Artículo 38, inciso a de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda).

·       Exoneración del 100% del pago de los derechos de Registro, de los timbres fiscales, de los timbres de los colegios de profesionales y cualquier otro timbre, así como del impuesto de transferencia de bienes inmuebles en la inscripción de escrituras (principales y adicionales) en las que se formalicen las operaciones del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (Artículo 145 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda).

·       Exención del pago de derechos de catastro de planos, de los timbres fiscales, de los timbres de construcción, de los cupones de depósito, de otros cargos y timbres de los colegios profesionales y del 50% del pago de permisos de construcción y urbanización y de todo otro impuesto. (Artículo 147 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda).

 

 

Fecha de Última Modificación en el Portal: 26/03/2025

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